El artículo 78 del Código de Minas establece que durante el período de exploración por métodos de subsuelo, el concesionario está obligado a realizar estudios, trabajos y obras necesarios para determinar la existencia, ubicación y características de los minerales, así como la viabilidad técnica y ambiental de su explotación. Estos trabajos deben incluir la exploración geológica, la estimación de recursos y reservas mineras, y la elaboración de un plan minero detallado, que considerará aspectos como los métodos de explotación y la duración de la producción. Los respectivos términos de referencia PTO, se descargan en este enlace.
Los Términos de Referencia (adoptados mediante Resolución 143 del 29 de marzo de 2017) definen los requerimientos generales para la realización de estos estudios y trabajos en todas las fases del ciclo minero, desde la exploración técnica hasta la transformación y transporte de los minerales. Estos términos buscan asegurar que la explotación de los recursos minerales se realice de manera sostenible y en armonía con el medio ambiente, respetando las normas de explotación racional de los recursos naturales no renovables y fomentando el desarrollo económico y social del país. Además, deben adaptarse a la magnitud y características específicas de cada proyecto minero.
En cuanto a los aspectos ambientales, el Código de Minas indica que, aunque los estudios de impacto ambiental no son exigidos para los trabajos de exploración, el concesionario debe ajustar sus actividades a los manejos ambientales establecidos en las Guías Ambientales, y obtener las autorizaciones necesarias si las actividades de exploración implican el uso de recursos naturales renovables.
Para evitar la discrecionalidad en el manejo y supervisión de los trabajos de exploración y programas de trabajos y obras, el Código de Minas se apoya en las Guías Minero-Ambientales y estándares internacionales como CRIRSCO para la estimación de Recursos Minerales y Reservas Mineras. Estas guías y estándares son de consulta obligatoria para la planeación y ejecución de todas las actividades mineras.
Finalmente, el contrato de concesión minera es un acuerdo entre el Estado y un particular que autoriza al concesionario a explorar y explotar minerales en una zona específica, bajo condiciones que garantizan el cumplimiento de obligaciones legales, técnicas, operativas y ambientales. Este contrato cubre las fases de exploración, explotación y cierre de la mina, otorgando al concesionario completa autonomía en la realización de los estudios y trabajos necesarios, siempre bajo la supervisión y fiscalización de la autoridad concedente para asegurar la conservación de los recursos y el cumplimiento de las normativas pertinentes.
Estructura de los términos de referencia para los trabajos de exploración
Los Términos de Referencia para los trabajos de exploración minera están estructurados en varias secciones que incluyen una introducción, un ámbito de aplicación, aspectos generales y un Programa Mínimo Exploratorio. Este programa se compone de diferentes fases ajustadas a las características del proyecto minero y la sustancia mineral de interés.
La exploración se desarrolla en cuatro fases principales:
Exploración Geológica de Superficie (Fase 1)
Exploración Geológica del Subsuelo (Fase 2)
Evaluación y Modelo Geológico (Fase 3)
Programa de Trabajos y Obras (Fase 4)
Cada fase debe ser planificada y ejecutada respetando los requerimientos específicos y la inversión necesaria indicada en el Programa Mínimo Exploratorio, que forma parte de la propuesta del contrato minero.
Este programa incluye actividades específicas con plazos determinados para su ejecución, así como las inversiones requeridas. Es crucial que cualquier modificación en el programa o descubrimiento de nuevos minerales durante la exploración sea debidamente reportado a la Agencia Nacional de Minería – ANM.
La realización de estas actividades debe considerar la integridad étnica, social, económica y cultural de las comunidades indígenas y/o afrodescendientes, lo cual requiere la realización de una consulta previa, de acuerdo con la normativa vigente. Además, se deben tomar medidas de manejo ambiental adecuadas, estimar los costos asociados y asegurar que el personal involucrado cumpla con las calificaciones laborales necesarias, evitando el empleo de menores de edad.
Los Términos de Referencia también establecen que los documentos técnicos presentados deben ser refrendados por profesionales calificados y que las actividades exploratorias deben clasificarse en función de la extensión y el tipo de minería (pequeña, mediana, grande), lo cual influye en los requisitos laborales y ambientales que deben cumplirse.
Finalmente, se detallan los formatos y tablas que deben ser completados y presentados, como los Formatos A y B para la entrega de la información técnica y las tablas que establecen las inversiones mínimas requeridas para cada actividad y el manejo ambiental. Todos estos elementos deben ser cumplidos para garantizar una exploración responsable y conforme a la normativa vigente.
Fase I: Exploración Geológica de Superficie
Se concentra en la realización de actividades exploratorias en superficie, con el objetivo de caracterizar la sustancia mineral presente en el área y definir zonas con potencial geológico-minero. Este proceso incluye la recopilación de datos a través de diferentes métodos y técnicas, dependiendo del tipo de yacimiento, el material a explorar y la magnitud del proyecto.
Fase II: Exploración Geológica del Subsuelo
Tras haber identificado zonas y niveles anómalos y evidencias claras de mineralización durante la Fase I. Esta fase tiene como objetivo delimitar el depósito potencialmente económico, ofreciendo estimaciones más específicas sobre tamaño, contenido mineral, y otros aspectos críticos que definirán el potencial geológico-minero del yacimiento.
Fase III: Evaluación y Modelo Geológico
Es fundamental para determinar el potencial geológico-minero del yacimiento tras integrar y analizar los datos de las fases anteriores. En esta etapa, se desarrolla un modelo geológico exhaustivo que incluye la geometría del depósito, estructura, y una hipótesis genética del yacimiento. Se describen las características principales como la distribución de la mineralización, estratigrafía, tipos de alteraciones hidrotermales, y las zonas mineralizadas.
Un aspecto crítico de esta fase es la cartografía detallada. Se elaboran diversos mapas y planos, que incluyen mapas geológicos generales y específicos, mapas de sub-afloramientos, y mapas de recursos minerales. Estos documentos cartográficos permiten visualizar de manera precisa la topografía del área, las estructuras geológicas principales, y las formaciones geológicas. También se desarrollan mapas isópacos y mapas de anomalías geoquímicas y geofísicas para un análisis más detallado de las características del yacimiento.
La fase también incluye una rigurosa estimación y categorización de los recursos y reservas minerales, siguiendo estándares internacionales como el JORC y el NI-43 101, lo cual es crucial para la planificación del desarrollo minero. Adicionalmente, se llevan a cabo estudios hidrogeológicos y geotécnicos para evaluar las condiciones del agua subterránea y las propiedades geomecánicas de las rocas, que son esenciales para diseñar los sistemas de drenaje y garantizar la estabilidad de las explotaciones mineras. La evaluación de la calidad del mineral y su clasificación según normas internacionales como ASTM e ISO proporciona una base sólida para una explotación eficiente y responsable del yacimiento.
Términos de Referencia para el Programa de Trabajos y Obras
Especifican las directrices y procedimientos que los concesionarios deben seguir durante la fase de explotación de un proyecto minero. Esta fase incluye la planificación detallada y la ejecución de actividades mineras, considerando tanto la optimización de recursos como el cumplimiento de requisitos ambientales y de seguridad.
Fase IV: Programa de Trabajos y Obras
Es fundamental para proporcionar la base técnica, logística, económica y comercial requerida para decidir sobre la inversión y el desarrollo de un proyecto minero. Una vez que este programa sea aprobado por la autoridad minera, ya sea directamente o mediante un auditor minero, se integrará al contrato como una parte esencial de las obligaciones del concesionario. Cabe destacar que la iniciación de cualquier obra o explotación está condicionada a la aprobación de un estudio que demuestre la viabilidad ambiental del programa y la obtención de la correspondiente Licencia Ambiental. Estos requisitos aseguran que el programa se desarrolle dentro de un marco que respete tanto las regulaciones ambientales como las condiciones impuestas en la licencia.
Plan de Cierre y Abandono
El objetivo principal del Plan de Cierre y Abandono es restaurar la zona afectada por la minería a su estado inicial o prepararla para nuevos usos, como áreas agrícolas, recreativas o de conservación. Este plan se desarrolla desde las primeras etapas del proyecto y debe alinearse con los planes de manejo ambiental. Requiere la aprobación de la autoridad minera y puede incluir la demolición de instalaciones superficiales, especialmente en minas subterráneas para prevenir daños futuros por subsidencia.
Plazos
El concesionario tiene un plazo de tres años para completar la exploración técnica, siguiendo los Términos de Referencia y Guías Mineras. Debe presentar el Programa de Trabajos y Obras de Explotación treinta días antes de finalizar este periodo. La autoridad minera tiene treinta días para evaluar y responder al programa presentado. Si se requiere la intervención de un auditor externo, el programa debe entregarse con cuarenta y cinco días de anticipación. Estos plazos son fundamentales para mantener el control y la organización en el desarrollo del proyecto minero.